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Controversias entre asambleístas por articulado sobre propiedad privada

2008-05-30 00:00:00 // by: pontecool

Controversias entre asambleístas por articulado sobre propiedad privada

Para el asambleísta nacional del movimiento Alianza PAIS, Norman Wray, el derecho a la propiedad privada está claramente tipificado en los derechos civiles, y lo reconoce no solo la legislación ecuatoriana sino las regulaciones del derecho internacional del cual el país forma parte. "Se reconoce como un derecho de las personas acceder a las propiedades, es parte de un derecho económico y social", aseguró esta mañana el asambleísta de la mesa 7 de Régimen de Desarrollo a Citynoticias (89.3 FM en Guayaquil). El pleno de la Asamblea Nacional Constituyente concluye este jueves con el debate sobre los dos artículos del derecho a la propiedad, planteado por la mesa 6 de Trabajo y Producción, que prevé la expropiación de bienes improductivos del sector privado. De acuerdo a la propuesta, las instituciones del Estado pueden declarar de utilidad pública y expropiar los bienes que pertenezcan al sector privado y a particulares, previa valoración, pago e indemnización. También determina la prohibición de toda confiscación. El articulado señala que: "Para la organización de la economía y la sociedad, el Estado reconoce y garantiza la existencia y derecho de la propiedad en sus diversas formas: privada, comunitaria, social, cooperativa, pública y mixta. Todas ellas deberán cumplir la función social y ambiental. Esta función significa que los distintos tipos de propiedad satisfagan las necesidades de la sociedad, que respondan a una justicia redistributiva, que no vulnere los derechos colectivos y promueven una convivencia intercultural, que estén en producción sustentable, sostenible y con responsabilidad social, que protejan la biodiversidad y que su uso y aprovechamiento respete el buen vivir de conformidad con la Ley". A criterio de la asambleísta de la mesa 10 de Legislación y Fiscalización, Diana Acosta, quien cuestionó esta mañana el articulado al indicar que "está mal concebido", porque en el articulado no se especifica ni se hace distinción al escribirse la palabra propiedades en lugar de tierras. "Aquí no dice las tierras, aquí se refiere a todas las propiedades, se refiere a la propiedad privada. Su carro es su propiedad privada, su casa es su propiedad privada, su bolso es su propiedad privada", dijo la asambleísta del Guayas. Acosta señaló que si quieren repartirse las tierras deberían poner: "Las tierras muy grandes que pasen de ... hectáreas vamos a repartírnoslas, pero no que la pongan así porque esto atenta contra el derecho humano a la propiedad. Wray explicó que existe una confusión respecto al alcance de los términos expresados en el articulado. Agregó que la expropiación de bienes improductivos del sector privado no es algo nuevo y que está contemplado en la actual Constitución. "Está dentro de un marco de expropiación que significa el reconocimiento de la indemnización y del justo precio". Explicó que tanto la posibilidad de la declaración en entidad pública como el derecho del Estado a expropiar por razones de interés colectivo, los bienes de particulares o de cualquier otro tipo de propiedad, tiene que ver exclusivamente con un derecho del país desde hace muchos años. "Eso no es algo nuevo, está consagrado en nuestra Constitución".

Ing. Favián Toasa

Fundador de PonteCool.com. Emprendedor, entusiasta de la fotografía y la tecnología. Amante de la naturaleza. Primer Lugar a Nivel Nacional en Innovaciones Tecnológicas M.E.C. Quito - Ecuador 2005.